Celebrado el juicio Alberto Lozano v/s Tragsa |
||
18 de septiembre de 2007 |
||
En un acto de juicio oral que tuvo una duración de más de dos horas, la representación técnica de Alberto aclaró ante Su Señoría los motivos por los cuales se entendía que existía discriminación en la actitud de la empresa al excluirle por el simple hecho de tener diabetes. Por parte de Alberto se debían presentar indicios suficientes que llevaran al juez a plantear la discriminación. Se ofrecieron hasta siete motivos para su estudio por el juez:
Ante un juez enormemente participativo, todos ellos coincidieron en que el principal objetivo del tratamiento es que las personas con diabetes puedan desarrollar una vida normal, incluso en el ámbito laboral y que en el caso de Don Alberto Lozano no existe impedimento alguno para que desarrolle las funciones propias de su puesto de trabajo como conductor de autobomba de los servicios de extinción de incendios forestales de Castilla-La Mancha. Todos sus razonamientos los apoyaron en los estudios más recientes sobre el tratamiento de la diabetes y en las declaraciones de las más afamadas entidades científicas sobre diabetes (ADA, IDF…) Por la empresa Tragsa, se alude por parte del médico del Trabajo al riesgo de que un trabajador diabético esté en primera línea de fuego y a la posible hipoglucemia mientras trabaja, cuestiones ambas que fueron también suficientemente contestadas por nuestros peritos. Entendemos el necesario trabajo de los Médicos del Trabajo y de empresa, pero lo entendemos en pos de una prevención de riesgos laborales que se atenga a la Ley y a su espíritu: la prevención no consiste en eliminar el riesgo excluyendo al trabajador, sino, por el contrario, una vez que el trabajador ha demostrado ser capaz, se debe estudiar si hay que disponer de medios para disminuir los riesgos, reales o potenciales. Este es el caso de Alberto Lozano. Esperemos la sentencia. Javier Sanhonorato. Abogado. |
||
|
||
| |