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1.   Servicio de Asesoría Jurídica On-Line




COBERTURAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL A UN CIUDADANO ESPAÑOL EN UN PAÍS EXTRANJERO
 
Por Pilar Herrero Sanz. Abogada
Septiembre 2011
 

En caso de que una persona se traslade a otro país distinto de España, bien por vacaciones, estudios o estancias temporales, lo primero que se debe comprobar  es si existe convenio bilateral de seguridad social entre el país de destino escogido y España. Esto se puede consultar en la página de la seguridad social o contactando con una oficina del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).

En caso de que se comprobara que existe dicho convenio  primero bilateral entre ambos países, se deberá acudir al ambulatorio, y posteriormente al INSS, para lograr la documentación correspondiente y de esta forma poder acceder a las coberturas de seguridad social en el país de destino en caso de necesitarlas. En el supuesto de que no exista convenio bilateral de seguridad social entre ambos países, se deberá tener en consideración la legislación de país de destino, que será la que defina si se puede acceder a una cobertura gratuita dentro de su sistema de seguridad social.

Pilar Herrero Sanz - Abogada
Septiembre 2011.

 

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