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1. Informe: LA LEYENDA NEGRA DE LA HIPOGLUCEMIA

LA LEYENDA NEGRA DE LA HIPOGLUCEMIA


ÍNDICE:

1. La Leyenda Negra de la Hipoglucemia

  • La reacción de algunos de los afectados es la de esconder su diabetes antes la posible discriminación.
  • El pricipal problema es que más de uno piensa que la hipoglucemia es un desfallecimiento repentino ante el que nada se puede hacer, y contra el que no se puede luchar.
  • La discriminación basada en la diabetes es el resultado de la ignorancia

2. La Ley de Prevención de Riesgos Labolares
  • La información médica no puede facilitarse al empresario sin consentimiento expreso del trabajador
  • ¿Dónde está la 'trampa' que hace que el 90 % de los trabajadores diabéticos de este país no digan que lo son en sus trabajos?

3. Estudio sobre la hipoglucemia en el lugar de trabajo del Instituto de Medicina Ocupacional del Reino Unido

  • ... las hipoglucemias rara vez suceden en el lugar de trabajo, un 60% tienen lugar en casa, y apenas causan problemas en su puesto o alrededor de él.
  • 'No es razonable impedir a una persona realizar un determinado trabajo si está diagnosticado, lleva bien su tratamiento, no ha tenido episodios de hipoglucemias graves y es consciente del riesgo de las hipoglucemias'.
  • La ADA ya hizo notar que el tratamiento y manejo de la diabetes había progresado de una manera extraordinaria, abriendo así nuevos campos en las posibilidades laborales de las personas con diabetes.
- Bombrys contra City of Toledo, 849 F. Supp.1210 (N.D. Ohio 1993)
- Lane contra Pena, 867 F. Supp. 1050 (D.D.C.1944), aff´d, 518 U.S. 187 (1996)
- Moore contra City of Overland Park, 950 F.Supp. 1081 (D. Kan 1996)
- Hutton contra Elf Atochem North America, 273 F.3d 884(9th Cir. 2001)


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LA LEYENDA NEGRA DE LA HIPOGLUCEMIA___________________________________________________

Las personas con diabetes tienen a menudo que hacer frente a discriminaciones en su ámbito laboral simplemente porque aquellos que están a su alrededor no comprenden qué es la diabetes.

La palabra diabetes ha ido unida durante mucho tiempo a baja productividad, e incluso puede llegar a afectar a aquellos empleadores a la hora de contratar o incluso promocionar a un empleado. Gracias a los avances en el tratamiento y a la labor, tanto individual, como de las Asociaciones de afectados, se ha creado el marco adecuado para que nadie por el hecho de ser diabético sea discriminado. Sin embargo la realidad, muchas más veces de las que quisiéramos nos muestra su cara más sombría.


La reacción de algunos de los afectados, ante la posible discriminación, es la de esconder su diabetes.

La reacción de algunos de los afectados ante la posible discriminación es la de esconder su diabetes, modificar su tratamiento e incluso a veces alterarlo, ¡craso error! Esto a lo único a lo que nos llevará será a un peor control e incluso a correr más riesgos de tener desagradables episodios, como por ejemplo una hipoglucemia.

El caso es que muy por encima del hecho de que la persona padezca de diabetes, todos nosotros, diabéticos, empleadores y administración pública, debemos tender a la siguiente posición:

  • Cualquier persona con diabetes debe ser elegible para un empleo u ocupación para la que se encuentre individualmente cualificado.
  • El empleador tiene el deber de acomodar el trabajo al trabajador y a sus circunstancias , lógicamente siempre no se vea afectada la productividad.
  • En el caso de que el trabajador diabético opte por no comentar esta circunstancia, esta información es absolutamente confidencial y no puede ser revelada por los servicios médicos de la empresa salvo que afecte de manera muy directa y muy clara a la seguridad del trabajador y de sus compañeros. La diabetes no tiene porqué ser declarada en ningún tipo de entrevista personal para la obtención de un empleo (ya sea público o privado) salvo que una norma, por causa justificada, lo requiera expresamente. Más adelante comentaremos la incidencia de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en el derecho a la confidencialidad de sus datos de salud.

La principal 'bestia negra' en lo que a la diabetes y el empleo se refiere ha sido históricamente, y sigue siendo, la hipoglucemia, o la bajada brusca de glucosa en sangre, que puede ser causada por numerosas circunstancias. Los principales motivos son el exceso de insulina o de ejercicio no previsto, la falta o retraso de una comida, etc.

Casi siempre lo que sucederá es que el diabético reconocerá los síntomas de alarma del organismo frente a una hipoglucemia, con lo que la actuación para superarla será fácil y rápida, la ingestión de alimentos o bebidas con alto contenido en hidratos de carbono, a ser posible de asimilación rápida.

La hipoglucemia puede desarrollarse en cualquier momento, especialmente en el diabético tratado con insulina, pero cuanto mayor sea la concienciación de los riesgos que conlleva y el dominio del tratamiento más se eliminará de nuestras experiencias negativas en el vivir con la diabetes.


El principal problema es que más de uno piensa que la hipoglucemia es un
desfallecimiento repentino ante el que nada se puede hacer,
y contra el que no se puede luchar.

El problema es que nuestros legisladores, y más de uno, que por suerte no tiene esa capacidad, piensan que la hipoglucemia es un desfallecimiento repentino ante el que nada se puede hacer , y contra el que no se puede luchar.

Además, siempre según esta errónea opinión, tras un episodio de estas características el diabético ya no podrá trabajar durante un espacio prolongado, o incluso más. Podemos asegurarle que la práctica mayoría de las hipoglucemias son evitables, los episodios que no son evitables son controlables e, incluso llegado el caso de tener una hipoglucemia un poco más 'seria', la recuperación es muy rápida, quizá deje un ligero malestar o dolor de cabeza, pero no lo suficiente, generalmente, como para ausentarse del trabajo. Los errores a veces vienen motivados por la actuación de verdaderos desalmados que aprovechan cualquier circunstancia, incluida una hipoglucemia, para ausentarse del trabajo; pero este, deben tener en cuenta los empresarios que, generalmente, no es un problema de diabetes sino de desvergüenza.


La discriminación basada en la diabetes es el resultado de la ignorancia.

Hasta ahora el único consuelo que nos quedaba a los diabéticos era decirlo una y otra vez e intentar que con esto, y con nuestro ejemplo, se nos fuera creyendo cada día un poco más. Al fin y al cabo creemos que la discriminación basada en la diabetes es resultado de la ignorancia más que de cualquier otra cosa.

Por ello vamos rebuscando aquí y allá diversas maneras de enfocar el problema, por ejemplo las leyes que luchan contra la discriminación laboral por motivos de salud en Estados Unidos (por desgracia las nuestras están en 'pañales') dicen lo siguiente:

'Un trabajador cualificado es aquel que tiene las habilidades, experiencia, educación y cualquier otro requerimiento relacionado con el trabajo al que opta, y que, con o sin un razonable acomodo de su puesto puede desarrollar las funciones esenciales de dicho trabajo. Un razonable acomodo es aquel pequeño cambio o ajuste que permite a la persona con una disfunción realizar a plena satisfacción su trabajo'.

Las leyes que encontramos en España, o son muy genéricas o van dirigidas a discapacidades que merecen la denominación legal de minusvalía, es decir, aquéllas que se corresponden con un 33% o más de discapacidad. Para las disfunciones que no alcanzan ese 33% no existe ningún tratamiento social 'especial'. Sin embargo lo cierto es que la disfunción o deficiencia existe y está valorada porcentualmente respecto de la capacidad para realizar una actividad, en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano. Así tenemos que quien obtenga un 14% de discapacidad no tiene legalmente ningún derecho a que sea tratada esa diferencia, mientras que en Estados Unidos la letra de la Ley dice que sí. Aunque el simple diagnóstico de una diabetes tiene un 0% de discapacidad, creemos que sería interesante una norma similar a la de los Estados Unidos, basándonos sobre todo en la prevención y en los deseos de todos de seguir manteniendo ese 0% de discapacidad, y también pensando en el artículo 9.2 de nuestra Constitución que conmina a los poderes públicos para remover los obstáculos que impiden que la igualdad de todos los ciudadanos sea real y efectiva. Así pues, somos de la opinión de que hay que tratar las diferencias por pequeñas que sean éstas, es decir, hay que dar un tratamiento diferente a situaciones diferentes para lograr la igualdad real y efectiva que propugna nuestra Constitución, para lograr la plena integración con normalidad.

En el caso del diabético esta modificación o tratamiento de la pequeña diferencia que supone la diabetes puede ser sencillamente tener una pausa para analizar su nivel de glucosa en sangre (no más de 5 minutos en el peor de los casos), tomar un pequeño tentempié o parar para comer a mediodía (en general prácticamente igual que cualquier otro trabajador) No creemos que sean tan complicadas actuaciones de este tipo.

Como somos parte interesada, y para evitar que se nos pueda tachar de ello, haremos mención expresa más adelante a un importante estudio sobre la hipoglucemia en el lugar de trabajo del Instituto de Medicina Ocupacional del Reino Unido , presentado durante la reunión de la Asociación Europea para el Estudio de la Diabetes en septiembre de 2001, en el que por fin se muestran cifras reales de trabajadores diabéticos y los efectos de las hipoglucemias de éstos en su vida laboral.

También haremos mención expresa a varias sentencias de diferentes estados de los Estados Unidos en donde se hace mención expresa a la diabetes, el empleo y las hipoglucemias. No sabemos si el espíritu anglosajón o simplemente el mayor número hace que este tipo de información se encuentre mucho más a menudo que en nuestro país.

Ahora dedicaremos un espacio a algo que no debiéramos hacer, no porque no seamos los profesionales indicados (somos diabéticos y nos podríamos basar en la experiencia) sino porque todo diabético lo debería saber ya. Vamos a analizar muy brevemente cómo se previene, se reconocen y se tratan las hipoglucemias:

PREVENCIÓN

La mejor manera de prevenir es chequear regularmente nuestro nivel de glucosa en sangre , especialmente antes de situaciones como exámenes, deporte, cambios de turno laborales, trabajos imprevistos, horas 'extra', o simplemente a la hora de irnos a la cama.

Hemos de ser conscientes de la relación entre las hipoglucemias y el tomar los adecuados alimentos, el ejercicio, el estrés o el exceso en la cantidad de insulina que nos administramos.


SÍNTOMAS HABITUALES


· Hambre
· Temblores
· Sudores
· Ansiedad e irritabilidad
· Palidez
· Aceleración del pulso
· Temblor de labios
· Visión borrosa
· Dificultad en la concentración
· Confusión
· Comportamiento irritable

Los síntomas pueden darse varios de manera conjunta, uno sólo o incluso puede darse algún otro dependiendo del individuo. Si no se trata, es cuando la hipoglucemia puede resultar fatal.


TRATAMIENTO

La simple ingestión de alimentos con carbohidratos de asimilación rápida hará que desaparezcan los síntomas. Hay que ser flexible a la hora de decidir qué tomar para tratar una hipoglucemia, pues dependerá del individuo, sus características, actividad física, etc. En cualquier caso es conveniente que, unos 15 minutos después, nos aseguremos de haber superado la hipoglucemia, tomando posteriormente algún hidrato de carbono más, en este caso de absorción lenta.


HIPOGLUCEMIAS SEVERAS

En el caso de haber llegado a la pérdida de conciencia, será necesaria la administración de la hormona llamada glucagón , si así lo ha prescrito el médico y la persona que lo va a inyectar tiene la suficiente seguridad en hacerlo. Su inyección es sencilla, subcutánea, y se puede administrar de la misma manera y en los mismos lugares en que se inyecta la insulina.

En cualquier caso tras realizar esto, o incluso antes, es conveniente avisar a una ambulancia y darles la información oportuna.

¡Cuidado con la fecha de caducidad pues es algo que suele estar durante años en la nevera!


HIPOGLUCEMIA Y TRABAJO

Tras hablar de qué es, cómo se evita y cómo se trata hemos de pasar a los hechos. Los hechos son tozudos, por ejemplo en España la hipoglucemia aparece expresamente en muchas normas mientras que en otras está solapada, escondida, y es la responsable de un trato discriminatorio hacia el individuo que la padece.

Nuestro tristemente famoso Reglamento de Conductores establece que si en el período de un año has tenido una hipoglucemia con pérdida de conciencia perderás el derecho a renovar tu permiso de conducción. Si la hipoglucemia o el descontrol metabólico te ha llevado a ingresar en un hospital también perderás igualmente este derecho. ¿Se olvida el legislador de que la mayoría de los diabéticos tipo 1 cuando debutan en la diabetes ingresan en un hospital debido a un coma diabético provocado por su desconocimiento de su enfermedad?

Por otro lado, mientras que en la norma anterior les bastará un único caso de hipoglucemia en un año, en el Reglamento que reconoce el grado de minusvalía exigirán al diabético que tenga al menos 2 ingresos hospitalarios y de duración de más de 48 horas para la obtención de los beneficios que el 33% de minusvalía aporta. Además, añaden que esos ingresos no deben ser consecuencia de un inadecuado tratamiento de la diabetes. ¡Estupendo! ¡Será cuestión de demandar al médico por no acertar con el tratamiento! En cualquier caso de esta manera el legislador se asegura que prácticamente ningún diabético opte a la condición legal de minusválido por el simple hecho de serlo. Nos parece adecuado, pero eliminen también las barreras ¡por favor!

Esto es una simple muestra de la inconsistencia de muchas de las normas que nos rigen, del desconocimiento de la diabetes del que las hace y sobre todo, de la discriminación debida a la falta de actualización, a la que nos vemos sometidos.

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LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (LPRL)


El velar por la salud e higiene en el trabajo es un principio constitucionalmente admitido y corresponde a los poderes públicos. Por ello, entre otras muchas razones, la necesidad de una ley como ésta. De su lectura, lo que más nos puede interesar es todo lo relacionado con las medidas legales de vigilancia de la salud que debe garantizar el empresario a sus trabajadores. Pero teniendo en cuenta que esta vigilancia, que ahora comentaremos en qué consiste, va unida a estudios epidemiológicos (qué enfermedades afectan a los trabajadores, cómo les afectan, su relación con el trabajo...), y a la educación sanitaria.

Esta vigilancia de la salud se hace efectiva mediante reconocimientos o pruebas, en principio, básicas. Todos hemos oído hablar y muchos hemos pasado un 'reconocimiento médico de empresa'. Comenzaremos diciendo que son voluntarios , salvo excepciones también establecidas en la ley de forma genérica.

Hay capítulos y manuales enteros que tratan esta materia por su importancia y porque da lugar a muchos problemas de interpretación y a muchos problemas prácticos a la hora de hacer efectivos sus artículos en la realidad de la relación laboral empresario-trabajador. Nosotros sólo vamos a tratar la posible incidencia en este tema que ahora tratamos.

Nos dice la LPRL que en la puesta en práctica de las medidas de vigilancia de la salud de los trabajadores se deben respetar:

  • El derecho a la intimidad
  • La dignidad de la persona del trabajador
  • La confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud



La información médica no puede facilitarse al empresario
sin consentimiento expreso del trabajador.

Además los datos relativos a esas medidas no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador. Es también muy clara la LPRL cuando establece que la información médica no puede facilitarse al empresario sin consentimiento expreso del trabajador.



¿Dónde está la 'trampa' que hace que el 90% de los trabajadores diabéticos de este país
no digan que lo son en sus trabajos?

¿Dónde está entonces la 'trampa' que hace que el 90% de los trabajadores diabéticos de este país no digan que lo son en sus trabajos a veces con riesgo para su salud, como por ejemplo a la hora de tratar una hipoglucemia? La misma LPRL nos saca de dudas cuando dice que el empresario será informado de:

  • La aptitud del trabajador para el desempeño de las labores propias de su puesto
  • De las situaciones de riesgo que puedan afectar al trabajador y que requieran la adopción de medidas de prevención
  • Los estudios epidemiológicos laborales

Al fin y al cabo lo que tenemos en la práctica es que queda en manos del médico de empresa o de los servicios de prevención el hecho de considerar que la diabetes merma la capacidad laboral del trabajador, supone una situación de riesgo para el propio trabajador o para sus compañeros, o bien supone una relación epidemiológica con el trabajo.

Si seguimos el bondadoso espíritu de la LPRL lo lógico sería no ocultar la diabetes, aprovechar los reconocimientos periódicos de salud para controlar los parámetros relacionados con nuestra diabetes, solicitar esas pequeñas modificaciones que se pudiéramos necesitar (cada persona con diabetes es diferente, y muchas no necesitarán ninguna modificación) y aprovechar igualmente los consejos del médico de empresa para corregir a través de la 'educación sanitaria' los hábitos perjudiciales para la salud que mantengamos. Sin embargo muchas veces la falta de medios y de actualización de los propios servicios médicos hacen que esto sea así en muy pocas empresas y que ese espíritu de la LPRL quede lejos de la realidad que vivimos, muchas veces discriminatoria con los trabajadores diabéticos, que siguen tendiendo a ocultar su diabetes y sus hipoglucemias . Consideramos también que esta falta de medios hace que en muchas más ocasiones de las que quisiéramos las medidas preventivas se hagan patentes incluso antes del ingreso en la empresa evitando trabajadores que pudieran ser agentes posibles de fuentes de problemas futuros para la empresa. A buen entendedor...

Por ello vamos a dar algunos datos sobre las hipoglucemias en el lugar de trabajo , para tratar de acabar con ideas enquistadas que hacen mucho mal a la población diabética.


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ESTUDIO SOBRE LA HIPOGLUCEMIA EN EL LUGAR DE TRABAJO DEL INSTITUTO DE MEDICINA OCUPACIONAL DEL REINO UNIDO


El Instituto de Medicina Ocupacional del Reino Unido presentó, según hemos dicho previamente, el estudio sobre las hipoglucemias en el lugar de trabajo. Intenta este estudio averiguar si existe alguna prueba que apoye el hecho de la discriminación del diabético en su lugar de trabajo, y sobre todo ver si existe algún fundamento en la limitación de éste al acceso a muchos y variados puestos.


... las hipoglucemias rara vez suceden en el lugar de trabajo, un 60% tienen lugar en casa, y apenas causan problemas en su puesto o alrededor de él.

Para ir abriendo boca hemos de decir que las hipoglucemias rara vez suceden en el lugar de trabajo, un 60% tienen lugar en casa, y apenas causan problemas en su puesto o alrededor de él.

El estudio se llevó a cabo en Edimburgo y fue financiado por Diabetes United Kingdom, (la antigua BDA o British Diabetes Association) recopiló datos de 243 diabéticos, pidiéndoles que llevasen un registro detallado de cualquier episodio de este tipo. También se recopiló datos de mediciones de la HbA1c.

Durante este año se registraron 1955 episodios de hipoglucemia leves, que fueron autotratados. 238 episodios fueran graves y requirieron la ayuda de alguien. De estas últimas el 62% tuvo lugar en el domicilio (50% mientras dormían) y sólo un 15% ocurrió en el trabajo .

Siguiendo con el estudio vemos que los episodios leves tuvieron un impacto cero en el lugar de trabajo. Dos tercios de las personas que participaron en el estudio no tuvo ningún caso de hipoglucemia graves mientras que del tercio que sí lo tuvo, el impacto también fue mínimo. Sólo 5 de estos últimos casos necesitaron un tiempo mayor de 2 horas para volver a su lugar de trabajo, dándose un único caso de pequeños daños a la propiedad debido a la hipoglucemia.

Según el Dr. Alastair Leckie, uno de los directores del estudio, el principal mensaje que obtenemos es que es inapropiado restringir puestos de trabajo a personas por el único hecho de que lleven un tratamiento con insulina . Por ello hemos de hacer hincapié de nuevo en que la generalización no es justa, sobre todo porque no se basa en nada, si acaso en una leyenda negra y unos datos que ya están obsoletos.


'No es razonable impedir a una persona realizar un determinado trabajo si está diagnosticado, lleva bien su tratamiento, no ha tenido episodios de hipoglucemias graves y es consciente del riesgo de las hipoglucemias'.

La individualización sería la opción más justa, de esta manera evaluaríamos los riesgos reales de una persona a padecer de este tipo de complicaciones y en qué grado, así como valorar las circunstancias de cada caso.

El grupo del estudio diseñó una serie de preguntas que consideraron que serían útiles a la hora de evaluar el auténtico riesgo de cada sujeto a padecer hipoglucemias. Preguntas del estilo:

  • ¿Acude a una clínica especializada en diabetes?
  • ¿Ha tenido algún episodio de hipoglucemia grave?
  • ¿Cuántos episodios de hipoglucemia grave ha experimentado desde que comenzó a utilizar la insulina y cuándo comenzó a usarla?
  • ¿Ha tenido algún episodio grave de este estilo en el último año?
  • ¿Cuál ha sido su HbA1c durante el último año?

Aquí surgirá otro problema añadido, y es que según parece inferirse del estudio denominado Ensayo sobre el control y las complicaciones de la diabetes (DCCT) cuanto más baja sea la HbA1c mayor será el riego de padecer hipoglucemias, con lo que el paciente que lleve un buen control de su diabetes, según este argumento, se arriesga más a padecer hipoglucemias .

Pues bien, el estudio de Edimburgo dice que tampoco es cierto este hecho y que, según datos perfectamente documentados, las cinco clínicas del DCCT que tuvieron la media más baja en HbA1c tuvieron un número similar de hipoglucemias (en cantidad y en gravedad) al grupo de clínicas con la media más alta de HbA1c. Tras esto lo único que nos queda es pensar que el riesgo de hipoglucemias es en gran medida cuestión de responsabilidad médico-paciente, concienciación de los riesgos que conlleva, adopción de medidas para evitarlas y, sólo en el caso de que sucedan, solución rápida y eficaz.


La ADA ya hizo notar que el tratamiento y manejo de la diabetes había progresado de una manera extraordinaria, abriendo así nuevos campos en las posibilidades laborales de las personas con diabetes.

Por otro lado la Asociación Americana de Diabetes (ADA) ya tomó en consideración que el tratamiento y manejo diario de la diabetes había tenido un extraordinario progreso, lo que permitía al diabético acceder a puestos que históricamente, con mayor o menor fundamento, había tenido vetados. Por ello cada vez está más extendida la idea, aunque no unánimemente aceptada, de que los efectos de la diabetes son únicos en cada individuo y es inapropiado considerar a todos ellos de la misma manera.


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Finalizaremos con la exposición de los extractos de algunas sentencias de Tribunales estadounidenses que van abriendo camino, en los que se intenta definir dónde está el límite entre la capacidad laboral de una persona y la razón de ser en la prohibición a la hora de desempeñar un trabajo.

Deberíamos tomar ejemplo en España y acudir más a los Tribunales cuando nuestros derechos son vapuleados y la negociación ya no es eficaz . Las Asociaciones y Federaciones de diabéticos deberían tomar conciencia de las situaciones de muchos diabéticos que se encuentran ante situaciones como las que vamos a ver y no se atreven a iniciar trámites judiciales por falta de información, por falta de asesoramiento, por motivos económicos o porque no encuentran apoyo en las mismas asociaciones.


BOMBRYS CONTRA CITY OF TOLEDO, 849 F.Supp.1210 (N.D. OHIO 1993)

Ambas partes estipulaban que la diabetes es una discapacidad. Sin embargo el tribunal estableció que un asesoramiento individualizado es absolutamente necesario en todos los casos, pero que las prohibiciones generales no son legales.


LANE CONTRA PENA, 867 F. Supp. 1050 (D.D.C.1944), aff'd, 518 U.S.187 (1996)

Versa este caso sobre la expulsión de un estudiante de la Academia de la Marina Mercante de los Estados Unidos . El tribunal establece que la Academia debe proveer las medidas para establecer un 'razonable acomodo' a este estudiante, y que no puede desenrolarle basándose únicamente en su diabetes sin haber llevado a cabo y de manera previa una investigación totalmente individualizada.


MOORE CONTRA CITY OF OVERLAND PARK, 950 F.Supp.1081 (D.Kan 1996)

Este caso trata sobre la negativa de una empresa de emplear a un trabajador en un nuevo puesto dentro de la empresa, basándose en la diabetes tipo 1 del trabajador y en la 'limitación de sus capacidades'.

El tribunal establece que la diabetes (tipo 1 en este caso) debe ser evaluada y tratada de manera adecuada, una vez hecho esto se considera que el demandante no tiene ningún tipo de discapacidad, ni existe limitación sustancial en el tipo de vida del trabajador, no existiendo tampoco en su vida laboral.


El último caso de los que exponemos versa sobre un trabajador que se ve apartado de su puesto por la diabetes tipo 1 , pero lo es por sus circunstancias concretas dentro de la diabetes que padece, por lo que demuestra igualmente lo que aquí proponemos, que es la individualización caso por caso.


HUTTON CONTRA ELF ATOCHEM NORTH OF AMERICA, 273 F.3d 884 (9th. Cir. 2001)

El tribunal de apelación establece que el demandante, que padece de diabetes tipo 1, ha experimentado numerosos casos de hipoglucemia dentro y fuera del trabajo, incluyendo pérdidas de conciencia, por lo que crea una amenaza directa sobre sus compañeros y sobre sí mismo debido a sus responsabilidades laborales (manejo de productos químicos, cloro entre ellos).

Por lo tanto el tribunal se centra en este caso en los posibles daños que un episodio hipoglucémico podría causar para sí y para sus compañeros, ya que existe un riesgo potencial, en este caso demostrado.

Fuentes consultadas:

American Diabetes Association (ADA)
Canadian Diabetes Association (CDA)
Diabetes Voice
British Diabetic Association
diabetesjuvenil.com

Javier Sanhonorato Vázquez - Abogado, Especialista en Derecho Sanitario
Juan Manuel Gómez Moreno - Abogado
Madrid, diciembre de 2002


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