Un juez absuelve a Metro de Madrid, acusado de discriminación por negarse a contratar a un trabajador diabético

El demandante asegura que aprobó las pruebas de selección de agente de taquilla y que en ellas no se pedía ningún requisito médico



MADRID, 24 (EUROPA PRESS) - 29/03/2004


El titular del Juzgado de lo Social número 1 de Madrid ha absuelto a Metro de Madrid de tener que admitir a un trabajador de 28 años de edad, Miguel Ángel Sánchez, que acusó a la empresa de discriminación por haberse negado a contratarle al ser diabético y a pesar de que superó las pruebas de selección para acceder al empleo.

Así lo acuerda la sentencia dictada por el magistrado Antonio Martínez Melero, en la que acuerda desestimar la demanda interpuesta por el empleado y absolver de sus pretensiones al suburbano madrileño, indicando que contra el fallo cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Según narra la resolución judicial, a la que tuvo acceso Europa Press, el 12 de diciembre de 2003 Miguel Ángel interpuso una demanda contra Metro de Madrid pidiendo que se condenase a la empresa a admitirle en su plantilla y a indemnizarle económicamente por los días que no ha podido trabajar desde que le notificaron que no podía ser admitido por la enfermedad que padecía.


DECLARADO INCAPACITADO


Los hechos, enjuiciados el pasado mes de enero, se remontan al 30 octubre de 2002, cuando el demandante, diabético insulinodependiente y afectado por una leve alteración en la percepción de los colores, se presentó a una convocatoria de selección para cubrir 75 plazas de agentes de taquilla del suburbano madrileño.

Miguel Ángel superó la prueba -a la que se presentaron cientos de participantes- y obtuvo el puesto 25. El 29 de noviembre de 2002, el joven, que entonces estaba en paro, pasó el reconocimiento médico previsto en las bases de la convocatoria y, ante su condición de diabético, Metro de Madrid decidió hacerle unos análisis específicos.

Conocidas ya las calificaciones, 17 días después de realizarse las pruebas Miguel Ángel recibió un telegrama en el que la entidad le comunicaba que había sido declarado incapacitado para el desempeño de ese empleo "por no cumplir los requisitos psicofísicos establecidos en el profesiograma de la categoría profesional a la que optaba".

Concretamente, el suburbano madrileño basó su decisión en el padecimiento por parte del aspirante a taquillero de una enfermedad endocrina y de una discromatopsia, que la entidad consideraba incompatibles con las funciones que debía realizar. Respecto a la primera, la analítica indicó un descontrol metabólico.

El juez recoge en la sentencia las características del trabajo de agente de taquilla. Concretamente, señala que se trata de una labor que se realiza en soledad, en el interior de una cabina, y cuyas funciones son esencialmente el despacho de billetes y cumplimentación de la documentación exigida para justificar esa tarea.

Además, pone de manifiesto que en la plantilla actual del Metro hay 77 trabajadores en activo que padecen diabetes, siete de los cuales son insulinodependientes. Según el denunciante, en las bases de la convocatoria para el puesto de trabajo no aparecía "ningún requisito médico" para poder optar al mismo.

Por su parte, el letrado que representaba los intereses de Metro de Madrid negó que la empresa cometiera una injusticia con el demandante y alegó que ninguno de los empleados de la empresa que padecen diabetes insulinodependientes ocupan un puesto como el que pretendía desempeñar el demandante.


DESCONTENTO DEL DEMANDANTE


En este sentido, argumentó que un agente de taquilla está sometido a una situación de estrés constante y que, en el caso de un enfermo como Miguel Ángel, "podría sufrir un coma diabético sin que nadie pudiera socorrerle", representando un grave riesgo para la persona.

Para el demandante esta postura representa "una infracción de los derechos fundamentales" del trabajador. Sin embargo, el juez considera que no existió tal exclusión laboral y sostiene que Miguel Ángel no alcanza los niveles de exigencia requeridos por la empresa para el ejercicio de la categoría profesional de agente de taquilla del Metro.

"Es claro que la parte demandada se ha basado en elementos objetivos predeterminados para tomar su decisión -continúa el texto judicial-. Estos elementos pueden ser erróneos o no, pero, en todos caso, indican que la decisión empresarial es ajena a consideraciones subjetivas".

El representante legal del denunciante, Javier Sanhonorato, lamentó hoy el resultado del fallo y aseguró que, a su modo de ver, ha existido una incorrecta interpretación de la normativa interna de la empresa. Además, sostuvo que su representado es plenamente apto para desarrollar el trabajo al que aspiraba, ya que padece una diabetes "estable y con unos niveles de control más que aceptables", valoración ratificada por tres asociaciones de diabéticos.
 
Recurso de Suplicación presentado contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social absolviendo a Metro de Madrid
   

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